La responsabilidad penal por el aborto consentido despu?s de la LO 2/2010 de 3 de marzo, de salud sexual y de la interrupci?n voluntaria del embarazo y el principio de aplicaci?n retroactiva de la ley penal m?s favorable

 

Authors
Hormaz?bal Malare?, Hern?n
Format
Article
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En relaci?n al art. 145 del C?digo Penal, a efectos de determinar qu? casos de abortos est?n fuera de los casos permitidos en la ley, no s?lo deben tomarse en cuenta los arts. 13, 14 y 15 de la Ley Org?nica 2/2010, sino tambi?n el contenido del art. 145 bis del C?digo Penal que penaliza comportamientos llevados a cabo con ocasi?n de un aborto provocado dentro de los casos permitidos por la ley. Es la interacci?n entre ambos preceptos la que permite delimitar el ?mbito de punibilidad del art. 145 del C?digo Penal. El objeto jur?dicamente protegido por el art. 145 bis del C?digo Penal no es la vida dependiente del nasciturus, sino un deber de obediencia frente al Estado que no legitima una intervenci?n penal pues no tiene la condici?n de bien jur?dico.

Publication Year
2011
Language
spa
Topic
ABORTO CONSENTIDO
INTERRUPCI?N VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
RESPONSABILIDAD PENAL
Repository
Repositorio SENESCYT
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http://repositorio.educacionsuperior.gob.ec/handle/28000/3869
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closedAccess