Análisis comparado del crimen de genocidio entre la legislación Argentina y Ecuatoriana

 

Authors
Proaño Saltos, Ana Rafaela
Format
BachelorThesis
Status
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Description

Genocide used to be a nameless crime committed throughout History without any penalty for its perpetrators, accomplices and any recognition for its victims. Therefore, after his diligent pursuit of justice, Rafael Lemkin met his objective in the UN General Assembly on December 11th, 1948 being adopted unanimously its Resolution 96 (I9), with the purpose of, approve the criminalization of genocide. This meant the recognition of genocide as a crime under international law, contrary to the spirit and aims of the United Nations and condemned by the United Nations. Being its penal nature ratified in 1948 through The Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide
El genocidio era un crimen sin nombre, cometido a lo largo de la historia, sin ninguna tipo de sanción para sus actores, cómplices y peor aún para las víctimas de este crimen. Por esta razón Rafael Lemkin, después de una lucha insaciable por hacer justicia, cumplió con su objetivo; en la Asamblea General de la ONU el 11 de diciembre de 1948. Donde se aprobó por unanimidad, la Resolución 96 (I9), con el propósito de, criminalizar el genocidio. Esto significó la declaración del genocidio como un delito de derecho internacional, contrario al espíritu y a los objetivos de las Naciones Unidas y condenado por el seno de las Naciones Unidas. Siendo ratificado en 1948, el tipo penal del delito genocidio, por la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. Este organismo carecía de un proceso de juzgamiento y sanción para el delito de genocidio, por lo que en 1998 se estableció el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, cómo órgano jurisdiccional. Se establece el proceso de juzgamiento por el delito de genocidio y las obligaciones alcanzados por los Estados miembros. Este delito se adhirió al Estado argentino, a través de estos dos instrumentos internacionales, jerarquizándoles como supranacionales. Sin embargo, la legislación argentina incorpora la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional como leyes nacionales, incluyendo el tipo penal y la sanción del delito de genocidio. Finalmente, el Ecuador también se adhiere a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio y ratifica el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al cual se le otorga rango constitucional. Además, el Estado ecuatoriano propone un Proyecto de Código Orgánico Integral Penal, en el cual se tipifica al delito de genocidio.

Publication Year
2012
Language
spa
Topic
GENOCIDIO
LEGISLACIÓN
REFORMAS LEGISLATIVAS
DERECHO INTERNACIONAL
Repository
Repositorio Universidad de las Américas
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http://dspace.udla.edu.ec/handle/33000/169
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openAccess
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